No parece normal que invites a cenar a unos amigos a casa y la velada te salga por 25. 855 euros (4.302.000 pesetas). Pero eso es exactamente lo que les ocurrió a Juan Sanz y María Teresa Donata, un matrimonio de Alzira (Valencia). Sanz recibió a otro matrimonio invitado a la puerta de su casa el 1 de octubre de 1997. La mujer, Rosario Albelda, se adentró en la vivienda en busca de la anfitriona, que acababa los preparativos en la cocina. En el pasillo no había luz y Rosario pisó un juguete olvidado, un cochecito con ruedas.
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La costalada debió ser monumental porque acabó en diez años de pleitos, que han dejado un reguero de resoluciones desde el juzgado de Alzira hasta el Tribunal Supremo. Rosario Albelda cifró el batacazo en 8,4 millones de pesetas (50.740 euros) y había conseguido que la Audiencia de Valencia le reconociese una indemnización por la mitad de esa cifra, 25.855 euros. Ahora, el Tribunal Supremo ha anulado esa sentencia y los anfitriones demandados, -y sobre todo su compañía aseguradora, Axa- pueden respirar tranquilos.
La juez de primera instancia de Alzira rechazó la reclamación de Rosario porque fue ella la que se adentró en el pasillo oscuro por su propia voluntad, "asumiendo así el riesgo inherente a deambular sin luz, siendo presumible, por tratarse de una casa habitada, que sus estancias se hallen ocupadas por muebles u otros objetos". La misma juez agregó: "Disponer de juguetes con ruedas en un domicilio no puede calificarse como ejercicio de una actividad de riesgo".
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"Pero eso no significa que absolutamente todas las situaciones hipotéticamente peligrosas sean merecedoras de imputación objetiva, si el peligro es remoto y entran dentro de la normalidad de un hogar", agrega el razonamiento. Por tanto, no toda desgracia determina que alguien deba responder.
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el paisComentario: así que antes de invitar a
"un amigo" a casa, sería conveniente hacerle firmar un documento para que cubriros en caso de que pueda haber algún imprevisto que os pueda causar una demanda. Y lo mejor son 10 años para que finalmente el supremo anule esta sentencia.
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